INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO PARA UN CURSO ESCOLAR.
Plazo abierto desde el 9 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2020
El Ministerio de Educación publica anualmente una Orden por la que se convocan ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para un curso académico.
Las becas y ayudas al estudio constituye uno de los instrumentos que contribuyen de forma más eficaz a hacer posible el principio de igualdad de oportunidades.
En esta Orden se convocan las siguientes ayudas individualizadas:
a) Ayudas directas para el alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta incluyendo al alumnado afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención e hiperactividad) que necesite atención educativa específica.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTA BECA Y EN QUÉ NIVEL?
Las ayudas 2020-2021 están dirigidas a personas, en los diferentes niveles educativos, que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones:
CUANTÍA QUE PUEDE RECIBIR EL BENEFICIARIO
En función de si cumples o no los requisitos económicos, recibirás ayudas directas o subsidios. Te lo explicamos a continuación.
Puedes recibir una o varias ayudas directas. Cada una corresponde a un servicio o apoyo que necesitas para seguir tus estudios (por ejemplo, transporte, residencia, reeducación, etc.)
Las cantidades de dinero de cada ayuda son:
Si el coste de los servicios es menor a estos importes, se concederá la cantidad que gastada en ellos.
SUBSIDIOS
Tienes derecho a recibir un subsidio, aunque no cumplas los requisitos económicos, si tu familia es numerosa.
En estos casos, no te corresponderán las anteriores ayudas directas, pero sí los siguientes subsidios, si justificas que necesitas los servicios para:
¿CUÁNDO NO SE CONCEDERÁ LA BECA?
Cuando los centros educativos ya reciban ayudas para ofrecer estos servicios.
Cuando ya los abonen fondos de cualquier administración pública.
ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES
La ayuda de apoyo educativo a alumnos con altas capacidades es única y va dirigida a la asistencia a programas específicos siempre que estos programas sean un complemento a tus estudios –> HASTA 913 €.
Esta ayuda no la concederemos si puedes asistir a un programa similar que se imparta de forma gratuita por la administración educativa.
EDAD Y TIPO DE CENTRO
El alumnado que presente NEE asociadas a discapacidad o trastorno de conducta grave o trastorno del espectro autista deberá:
El alumnado que presente NEAE asociadas a altas capacidades:
JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE APOYO EDUCATIVO
Para justificar la necesidad de apoyo educativo deberás presentar alguno de los siguientes documentos:
SITUACIÓN ECONÓMICA
En este apartado, valoramos la situación económica de tu unidad familiar durante el año pasado (es decir, en el ejercicio 2019). Tenemos en cuenta la renta obtenida y, además, elementos relacionados con el patrimonio, como los rendimientos del capital, las ganancias patrimoniales o los inmuebles de los que seáis propietarios.
A. En qué casos NO tienes derecho a ayuda.
Ten en cuenta que no podrás recibir una ayuda si tu unidad familiar se encuentra en alguna de estas cuatro situaciones:
Si no cumples los requisitos económicos para recibir ayudas, puedes recibir subsidios siempre que pertenezcas a una familia numerosa y cumplas con el resto de requisitos.
B. En qué casos SÍ tienes derecho a ayuda.
En los requisitos económicos contamos la renta anual de todos los miembros computables de tu unidad familiar. El límite (umbral) de renta se publica cada año en el llamado decreto de umbrales.
Para tener derecho a recibir las ayudas, tu unidad familiar no debe superar la renta anual que marca la tabla. Por ejemplo, si tu familia la formáis 4 personas y la renta familiar es menor que 30.287 € al año, tendrías derecho a recibir las ayudas.
El plazo para solicitar la beca comprende desde el 9 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2020.
Los pasos a seguir son:
1. Deberán darse de alta en la aplicación y rellenar la solicitud vía internet:
https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp
2. Deberán firmar el impreso teniendo en cuenta lo siguiente:
Es MUY IMPORTANTE consignar las firmas que en cada caso se indiquen, sobre todo, las requeridas para autorizar a la AGENCIA Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.) a facilitar los datos económicos a las administraciones educativas. Asimismo, no olviden firmar la página en la que por parte del padre/madre/tutor, con dicha firma se responsabiliza solidariamente de los datos consignados y aceptan las bases de la convocatoria.
3. Deben acudir a nuestro Centro (VITAL, Gabinete de Psicopedagogía y logopedia) u otro Centro autorizado por la Junta de Andalucía para que se le preparen los documentos oportunos.
En nuestro Centro le aportaremos lo siguiente:
– Si solicita la reeducación pedagógica, le debemos elaborar un documento donde se detalle el programa educativo que vamos a desarrollar con el alumno/a y el coste mensual de los servicios.
– Si solicita la reeducación logopédica, le debemos elaborar un documento donde se detalle el programa logopédico que vamos a desarrollar con el alumno/a y el coste mensual de los servicios.
Para los alumnos/as que están recibiendo programas de refuerzo educativo y/o sesiones de logopedia el precio de la elaboración de los documentos será gratuito.
El resto de supuestos tendrá que abonar la cantidad de 30 € por la elaboración de los documentos. Cuando el alumno/a comience su tratamiento esta cantidad será descontada de la primera mensualidad.
4. Debemos adjuntar a la solicitud los siguientes documentos:
– Fotocopia del D.N.I. del/de la solicitante y todos/as los/as miembros computables de la familia mayores de catorce años.
– Documento facilitado por la entidad bancaria con los DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA CUENTA en la que desea recibir la ayuda.
– Certificado de minusvalía o certificado del equipo de orientación educativa y psicopedagógica dependiente de la administración educativa o departamento de orientación de la administración educativa.
– Así, como fotocopias de otros documentos que le soliciten.
5. Con esta documentación que le aportamos y que usted a recopilado, debe acudir de nuevo al Centro Educativo y contactar con la persona encargada del E.O.E. o del aula de apoyo, ya que a la solicitud le deben acompañar los siguientes documentos:
– Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica, o del departamento de orientación, del centro educativo donde esté escolarizado el alumn@.
– Certificación expedida por el inspector de la zona o del equipo de orientación, EOE, dependiente de las administraciones educativas en el que se acredite:
6. Entregará en la Secretaría del Centro educativo todos los documentos y se quedará con el resguardo.
Cuando hablamos de Vital Becas hacemos referencia a un servicio a disposición de toda aquella persona que lo requiera, siendo gratuito para los clientes que tengan contratado algún servicio en nuestro centro. El servicio Vital Becas incluye:
Además el servicio Vital Becas también está disponible para aquellas personas que no pertenezca a nuestro centro. En este caso será necesario abonar 30€, en concepto de tramitación y seguimiento de la Beca.